Los contribuyentes que opten por el régimen opcional ya pueden encontrar este mecanismo en el portal de la dependencia.
(Foto: iStock)
Por Francisco Brito y Estefanía Camacho.
Aquellos contribuyentes, personas morales, que tengan ingresos menores de cinco millones de
pesos y que ejerzan la opción de tributar en el nuevo régimen opcional, de conformidad con la
regla 3.21.6.2 de la RMISC, lo podrán hacer mediante la aplicación “Mi contabilidad. Opción de
acumulación de ingresos por personas morales”, la cual está disponible en la página del SAT
Recuerda que los contribuyentes que realicen su actualización de actividades antes del 17 de
febrero deberán utilizar este aplicativo. A diferencia de aquellos que ejerzan la opción con
posterioridad a la presentación del pago provisional de enero de 2017; quienes en el pago
provisional de febrero de 2017 deberán acumular los ingresos de enero y febrero, y disminuir
el pago provisional que hubiesen enterado por el mes de enero en el sistema de pago
referenciado.
Durante la presentación del programa, el presidente del Consejo Coordinador Empresarial, Juan
Pablo Castañón Castañón previó que esta herramienta ayudará a más de un millón de
empresas.
“Es encontrar fórmulas de ir avanzando en la simplificación, generar la posibilidad de ser más
productivos que las empresas liberen energía en el área administrativa y la puedan encausar a
ofrecer empleos”, puntualizó.
En ese aspecto, el Secretario de Economía, Idelfonso Guajardo, consideró que son las grandes
empresas quienes pueden diluir la carga regulatorìa y que dedica a personal especializado a
esa tarea, pero para las pequeñas y medianas empresas es muy difícil, pues esta carga puede
representar hasta un 14 o 16% del costo de la operación.
Por su parte el titular de la SHCP, José Antonio Meade, resaltó que los contribuyentes pueden
ingresar su declaración ya prellenada y hagan su contabilidad, a fin de aliviar la carga de trabajo.
“El costo de pagar impuestos desde 2012 a la fecha en términos de tiempo se ha reducido 18%
para todos aquellos contribuyentes con ingresos menores a cinco millones de pesos al año, que
es un universo muy grande”.
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